La medida fue adoptada por el gobernador Felipe Solá y regirá en toda la provincia de Buenos Aires. Alcanza a los medicamentos y preparados magistrales para bajar de peso que contengan sustancias ansiolíticas, hormonas y anorexígenas. Es porque causan "un grave riesgo".


La fabricación, venta y prescripción de medicamentos y/o preparados magistrales que
contengan sustancias ansiolíticas, hormonas y anorexígenas para adelgazar fue prohibida en toda la provincia de Buenos Aires, informaron las autoridades.

La medida se adoptó por decreto 1.691 firmado por el gobernador Felipe Solá, tras constatarse que esos "cócteles" de preparados para adelgazar conllevan "un grave riesgo para la salud humana".

"Prohíbese en el ámbito de la provincia de Buenos Aires, la fabricación, manipulación, comercialización, prescripción y uso de medicamentos industrializados o preparados magistrales conteniendo sustancias ansiolíticas, asociadas con sustancias simpáticolíticos
y parasimpaticolóticos", precisa el artículo 1 del decreto publicado en el Boletín Oficial.

También se prohíben los medicamentos o preparados magistrales conteniendo "sustancias anorexígenas asociados con otras sustancias, como los diuréticos, laxantes y hormonas".

El decreto remarca que "la utilización de fármacos para reducir el apetito debe realizarse solamente como apoyo a la estrategia principal de tipo dietética, de aumento de la actividad
física y modificación de la conducta en razón de las limitaciones que tiene el tratamiento farmacológico por los factores de riesgo".

Precisa que los medicamentos anorexígenos estimula el sistema nervioso central "con una rápida inducción a la adicción" y puede producir insomnio, impotencia sexual y agitación, palpitaciones, taquicardias, arritmias, hipertensión arterial, dolores abdominales, episodios psicóticos y convulsiones.

"Se debe tener en cuenta que los medicamentos para la obesidad no curan esa condición", afirma el decreto y agrega que sólo deben utilizarse "como ayuda y como monodrogas" y agrega que los tratamientos "no deben ser mayores a 6 meses".


Fuente: Télam.


   Año VII, N° 121, Agosto 2006